Normatividad

Primero.
El presente Reglamento será revisado y aprobado por la Comisión de Biblioteca y el Consejo Asesor de la DGBSDI periódicamente.
Segundo. 
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el portal web de la BC o en los órganos oficiales de la dependencia.
Tercero.
Este Reglamento está redactado conforme a la legislación universitaria vigente y deroga todas las disposiciones anteriores que lo contravengan.
Artículo 19.
El incumplimiento de las disposiciones señaladas en este Reglamento por parte de las personas usuarias será motivo de la suspensión temporal o definitiva de los servicios bibliotecarios, dependiendo de la magnitud de la falta y bajo la consideración de la Comisión de Biblioteca.
Artículo 20.
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en este Reglamento por parte del personal académico o administrativo de la BC, será motivo de sanción de acuerdo con el Contrato Colectivo vigente correspondiente, dependiendo de la falta o las agravantes por la legislación universitaria aplicable.
Artículo 21.
El maltrato y/o sustracción del material documental será considerado como causa grave de responsabilidad, conforme al Artículo 50 RGSIBI que a la letra dice: “la destrucción, mutilación o robo del patrimonio documental, digital o en cualquier formato y soporte del SIBIUNAM, será sancionado de conformidad con la normatividad universitaria y la legislación nacional aplicable”.
Independientemente de la responsabilidad civil o penal a que se haga acreedor el infractor, será objeto de las siguientes sanciones:
  1. Suspensión definitiva de los servicios bibliotecarios y
  2. Consignación al Tribunal Universitario.
Asimismo, se dará notificación e información por escrito a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la UNAM, para el procedimiento correspondiente.
Artículo 22.
La persona usuaria que no devuelva el material solicitado en préstamo una vez concluidos los periodos señalados en el Artículo 18, numeral I, inciso b) del presente Reglamento, caerá en el supuesto por motu proprio de Extensión de Préstamo de Libro (EPL), situación que generará una sanción, por cada día natural de atraso y por cada material que tenga en préstamo, incluyendo periodos vacacionales. La Comisión de Biblioteca establecerá la sanción por día de atraso, la cual será avalada por el Consejo Asesor de la DGBSDI.
Artículo 23.
En el supuesto de exención justificada, la persona usuaria deberá acreditar mediante la presentación de documentos probatorios, las causas de fuerza mayor que impidieron la devolución de los materiales en tiempo y forma. La Comisión de Biblioteca emitirá una resolución justificada y fundamentada, para sustituir la sanción.
Artículo 24.
En caso de pérdida o maltrato del material documental o los dispositivos electrónicos, la persona usuaria deberá reportar el suceso inmediatamente en el mostrador de servicios y reponerlo en el término de quince días naturales, con las siguientes alternativas:
  1. En el caso del material bibliográfico, entregar un ejemplar original del mismo título, autor y edición;
  2. En el caso de los dispositivos electrónicos, se deberá reponer un dispositivo con características similares al que le fue prestado;
  3. Si el material es insustituible, la Comisión de Biblioteca, previo análisis razonado, determinará qué tipo de material podría resarcir el extravío o maltrato.
Artículo 25.
A la persona usuaria que adeude material o recursos bibliográficos, o tenga algún tipo de sanción, se le suspenderá el servicio de préstamo a domicilio hasta que regularice su situación.
Artículo 26.
Se emitirá la Constancia de No Adeudo para el alumnado en proceso de titulación o graduación, que no tengan ningún tipo de adeudo con la BC.
Artículo 27.
El alumnado que gestione la reposición de la credencial UNAM o solicite la baja, ya sea temporal o definitiva de la institución, recibirá el sello de no adeudo, siempre y cuando no registre adeudos con la BC.
Artículo 28.
A la persona usuaria que cometa faltas contra otras personas usuarias, el personal de la BC o reincida en ellas, se le podrá suspender definitivamente el derecho a obtener el préstamo a domicilio.
Artículo 29.
Las personas usuarias que incurran en actos delictivos como robo, acoso sexual, vandalismo, consumo de drogas, actos de exhibicionismo, entre otros ilícitos que pongan en riesgo el patrimonio de la UNAM o la integridad de algún miembro de la comunidad usuaria o del personal de la BC, serán remitidas a las autoridades competentes.
Artículo 30.
Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por la Comisión de Biblioteca de la Biblioteca Central.
Artículo 12.
La BC ofrece sus servicios bibliotecarios y de información a la comunidad UNAM y a toda persona o institución que los solicite para tal efecto, se considera:
  1. Personas usuarias internas, son todos aquellos que conforman la comunidad universitaria vigente, y que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
    1. Personas usuarias exalumnas y jubiladas: tienen una vinculación académica con la UNAM, que mediante un donativo económico anual pueden registrarse en la biblioteca.
    2. Amigos de la Biblioteca: son personas interesadas en apoyar a la BC por medio de la Fundación UNAM en la “Campaña Financiera pro Remodelación y Equipamiento de la Biblioteca Central”; mediante un donativo económico anual pueden registrarse en la biblioteca.
  2. Personas usuarias externas: son todas aquellas que no pertenecen o no tienen una vinculación con la UNAM y solicitan los servicios de la BC.
Artículo 13.
Para hacer uso del servicio de préstamo a domicilio, las personas usuarias internas vigentes podrán registrarse de manera presencial en el módulo de registro ubicado en las instalaciones de la biblioteca; o de manera virtual en el portal Web de la BC en la liga https://www.bibliotecacentral.unam.mx/index.php/servicios/registro-de-usuarios o bien en la Aplicación Móvil “Bibliotecas UNAM”.

Para el registro presencial se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Alumnado vigente (Sistema Escolarizado y Universidad Abierta y a Distancia):
    • Presentar la tira de materias del semestre y/o año en curso impresa o digital;
    • Requisitar la solicitud correspondiente.
  2. Alumnado de Escuelas Incorporadas a la UNAM:
    • Presentar el comprobante de inscripción;
    • Presentar la credencial vigente UNAM-SI (Sistema Incorporado);
    • Requisitar la solicitud correspondiente;
    • Realizar un depósito monetario en garantía para préstamo a domicilio, el cual tiene vigencia de un año, se reintegrará al cancelar el registro, siempre y cuando no haya expirado la vigencia. El monto será establecido por la Comisión de Biblioteca.
  3. Tesistas y/o Pasantes de la UNAM:
    • Presentar copia de la carta de pasante, constancia de seminario de tesis, o carta de registro de tesis o trabajo escrito;
    • Presentar identificación oficial vigente con fotografía;
    • Requisitar la solicitud correspondiente;
    • Realizar un depósito monetario en garantía para préstamo a domicilio, el cual tiene vigencia de un año, se reintegrará al cancelar el registro, siempre y cuando no haya expirado la vigencia. El monto será establecido por la Comisión de Biblioteca;
    • El registro de la BC se cancelará cuando se otorgue a la persona tesista o pasante la constancia de no adeudo de libros por titulación.
  4. El Alumnado en condición del Artículo 22 del Reglamento General de Inscripciones de la UNAM:
    • Presentar la carta de la facultad o escuela indicando su condición de Artículo 22, emitida por el área de servicios escolares;
    • Presentar una identificación oficial vigente con fotografía;
    • Requisitar la solicitud correspondiente;
    • Realizar un depósito monetario como garantía para préstamo a domicilio, el cual tiene vigencia de un año, se reintegrará al cancelar el registro, siempre y cuando no haya expirado la vigencia. El monto será establecido por la Comisión de Biblioteca.
  5. Movilidad Estudiantil e Intercambio Académico:
    • Presentar el comprobante de movilidad, estancia o intercambio académico;
    • Requisitar la solicitud correspondiente;
    • Realizar un depósito monetario en garantía para préstamo a domicilio, el cual tiene vigencia de un año, se reintegrará al cancelar el registro, siempre y cuando no haya expirado la vigencia. El monto será establecido por la Comisión de Biblioteca.
  6. Personal académico y administrativo de la UNAM:
    • Presentar el último talón de pago;
    • Presentar la credencial vigente de la UNAM;
    • Requisitar la solicitud correspondiente.
  7. Personal docente del Sistema Incorporado a la UNAM:
    • Presentar la credencial vigente de UNAM – SI (Sistema Incorporado);
    • Realizar un depósito monetario en garantía para préstamo a domicilio, el cual tiene vigencia de un año, se reintegrará al cancelar el registro, siempre y cuando no haya expirado la vigencia. El monto será establecido por la Comisión de Biblioteca;
    • Requisitar la solicitud correspondiente.
  8. Personas usuarias exalumnas y jubiladas:
    • Presentar la credencial de exalumno UNAM;
    • Requisitar la solicitud correspondiente;
    • Realizar un donativo monetario anual para préstamo a domicilio.
  9. Personas usuarias “Amigos de la Biblioteca”:
    • Ser mayor de 18 años;
    • Comprobar su residencia en la Ciudad de México o Zona Metropolitana;
    • Presentar una credencial vigente con fotografía;
    • Requisitar la solicitud correspondiente;
    • Realizar un donativo anual a Fundación UNAM en la cuenta “Pro Remodelación y Equipamiento de Biblioteca Central”.

Las personas usuarias exalumnas y los Amigos de la Biblioteca deberán realizar su registro de forma presencial en las instalaciones de la BC, presentando la documentación vigente que le sea requerida.

Artículo 14.
Las personas usuarias tienen los siguientes derechos:
  1. Recibir trato digno por parte del personal de la biblioteca;
  2. Recibir información, orientación y asesoría por parte del personal;
  3. No ser discriminadas;
  4. Presentar por escrito a la Comisión de Biblioteca iniciativas, opiniones, recomendaciones y quejas sobre los servicios bibliotecarios y servicios de información que reciben.
Artículo 15.
Las obligaciones de las personas usuarias de la BC se desprenden de lo estipulado en el Artículo 40 del RGSIBI-UNAM,
  1. Cumplir con las disposiciones del presente Reglamento;
  2. Ser responsables del material documental, digital o en cualquier formato y soporte que les sea proporcionado para consulta bajo cualquier forma de préstamo;
  3. Cumplir con las fechas que se establezcan para la devolución del material documental que se le preste; en caso de incurrir en la extensión de préstamo de libro, deberá cubrir el monto económico que ocasione la devolución tardía;
  4. Preservar los inmuebles, mobiliario, equipo de cómputo y los acervos que les sean prestados por la BC, así como observar y cumplir los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan;
  5. Guardar el debido comportamiento dentro de las instalaciones y respetar a las demás personas usuarias y al personal de la biblioteca;
  6. Las personas usuarias internas deberán hacer uso responsable de su credencial institucional para tener acceso a los servicios bibliotecarios y digitales de información;
  7. Las personas usuarias internas deberán revalidar la vigencia de su registro, en las fechas que determine la BC;
  8. Las personas usuarias exalumnas y jubiladas deberán revalidar su credencial institucional de conformidad con los programas de vinculación que establezca la Universidad y con los requisitos que señale la BC;
  9. Asumir ética y responsablemente las sanciones a las que se haga acreedora por devolución extemporánea (Extensión de Préstamo Libros -EPL-), el extravío o maltrato de los materiales documentales que haya solicitado en cualquier modalidad de préstamo y revisar periódicamente el status de su registro para facilitar su trámite al momento de solicitar la Constancia de No Adeudo en los casos que aplique;
  10. Las personas usuarias deben abstenerse de fumar, comer o ingerir cualquier tipo de bebida -excepto agua- en las salas de lectura y aulas colaborativas;
  11. En caso de simulacro, siniestro o contingencia, se deberán acatar las indicaciones del personal de la BC debidamente identificado.
Artículo 16.
En concordancia con el Artículo 25 del Reglamento General de Exámenes de la UNAM (RGE), el alumnado que decida optar por alguna modalidad para la obtención del título o grado en la cual se deba realizar tesis o trabajo escrito, deberá entregar la versión final aprobada por el Comité Tutor de la tesis o trabajo escrito a la BC en archivo electrónico, a través del portal del Sistema Integral de Generación de Constancias de No adeudo y envío de Trabajos Escritos (SIICANA-ETRE), quedando en resguardo de la DGBSDI hasta la aprobación del examen profesional o de grado y la liberación por parte de la Dirección General de Administración Escolar (DGAE), para que sea incluido en el catálogo TESIUNAM y repositorios institucionales.
Artículo 17.
La BC proporciona servicio de lunes a domingo y días festivos de 8:30 a 21:30 horas, excepto en periodos vacacionales administrativos de la UNAM y por caso fortuito o fuerza mayor.

La BC se reserva el derecho de modificar el horario de servicio de áreas específicas de acuerdo con sus necesidades, mismo que será dado a conocer a la comunidad usuaria con antelación.

Artículo 18.
Los servicios bibliotecarios y de información que proporciona la BC son:
  1. Préstamos:
    1. Préstamo interno: permite a las personas usuarias el uso del material documental en cualquier formato y soporte dentro de las salas de lectura de la biblioteca.
    2. Préstamo a domicilio: proporciona a las personas usuarias internas vigentes, los libros de la colección general para su consulta fuera de las instalaciones de la biblioteca, hasta un máximo de 3 libros por siete días naturales. El plazo podrá prorrogarse o renovarse hasta por dos ocasiones con el mismo período de tiempo, ya sea en forma presencial, autopréstamo, vía remota en el sitio web de la BC, o vía telefónica siempre y cuando la fecha de préstamo no esté vencida o el material no sea requerido por otro usuario. La devolución se hará únicamente de forma presencial en la fecha establecida o antes de la misma, si es el caso.
      El trámite se podrá solicitar en mostradores, por el servicio de autopréstamo en las terminales destinadas para tal fin o a través de la Aplicación Móvil “Bibliotecas UNAM” para dispositivos móviles.
      No serán objeto de préstamo a domicilio, los materiales deteriorados, únicos, las obras de consulta, publicaciones periódicas, colección infantil y juvenil, los documentos del Fondo Antiguo y Colecciones Especiales y todos aquellos que la BC determine.
    3. Préstamo interbibliotecario: consiste en proporcionar material bibliográfico de la BC a otras bibliotecas del SIBIUNAM o las instituciones que lo soliciten y con las cuales se establezcan acuerdos de tal naturaleza. La BC solicitará el servicio de préstamo interbibliotecario a otras instituciones únicamente para su personal y el de la DGBSDI.
    4. Autopréstamo de libros a domicilio: permite que las personas usuarias internas con registro vigente en la biblioteca puedan realizar por ellas mismas el préstamo de libros a través de la aplicación móvil Bibliotecas UNAM o en el módulo de autopréstamo.
    5. Préstamo de dispositivos móviles en sala y a domicilio: promueve el acceso a la información e inclusión digital, brindando igualdad de oportunidades para el proceso de enseñanza-aprendizaje.
  2. App Bibliotecas UNAM: es una aplicación móvil que tiene como objetivo principal difundir y facilitar el uso y consulta de los recursos de las bibliotecas del SIBIUNAM, las 24 horas del día, desde cualquier lugar.
  3. Acceso remoto: facilita a las personas usuarias internas con registro vigente, previa solicitud de una clave personalizada, acceso a través de Internet (fuera de las instalaciones universitarias) la consulta, lectura y descarga de recursos digitales de información científica, humanística y tecnológica adquiridos a perpetuidad o suscritos por la UNAM.
  4. Emisión de Constancia de no adeudo: es el documento que hace constar que el alumnado no tiene adeudos o sanciones en la BC y, en algunos casos, en la biblioteca de adscripción o posgrado, con lo cual puede continuar con los trámites de titulación u obtención de grado, según lo estipulado en el RGE de la UNAM, Capítulo IV “Opciones de Titulación y Exámenes de Grado". Este documento es emitido por la DGBSDI, a través de la Coordinación de Tesis de la BC.
    El alumnado debe tramitar la Constancia de No Adeudo gratuitamente a través del sistema SIICANA-ETRE disponible únicamente en el sitio https://siicana.dgb.unam.mx/. La respuesta a esta solicitud se proporcionará en un plazo de hasta tres días hábiles, y el documento tendrá una vigencia de 12 meses desde su expedición.
    Una vez emitida la Constancia de No Adeudo, ésta será inamovible y solo se podrá solicitar una reposición en los siguientes supuestos:
    1. Contenga algún error en datos del alumnado (nombre de la persona autora, carrera, modalidad o título de la tesis o trabajo escrito),
    2. Expire la vigencia de dicha constancia.
    La emisión de la Constancia de No Adeudo generada por el Sistema SIICANA-ETRE, se otorgará al alumnado que se encuentre en proceso de titulación o graduación que no presente adeudos.
    Para la reposición de la credencial UNAM o para la baja temporal o definitiva de la institución, se requiere únicamente presentar en el mostrador de servicios de la BC la Carta de No Adeudo emitida por el plantel correspondiente para otorgar el sello de no adeudo.
  5. Orientación e instrucción: consiste en informar y guiar a las personas usuarias para hacer uso de las instalaciones y los servicios bibliotecarios y de información que la biblioteca ofrece.
  6. Asesoría especializada: brinda asesoría personalizada, presencial o a distancia, a las personas usuarias en la búsqueda, localización y recuperación de información específica, para identificar y satisfacer sus necesidades informativas y formativas.
  7. Programa de Desarrollo de Competencias Informativas Digitales y Ética (DCIDE): brinda actividades a las personas usuarias a fin de propiciar el desarrollo de competencias informativas, digitales y pensamiento crítico para buscar, localizar, recuperar, seleccionar, evaluar, usar y comunicar éticamente los recursos de información (acorde con el Principio de Integridad y Honestidad Académica previsto en el Código de Ética de la UNAM), en beneficio de sus actividades de aprendizaje, investigación y difusión de la cultura. Este programa de formación y actualización puede ser presencial, híbrido y/o a distancia.
  8. Bibliotutorías y hora del tesista: brinda acompañamiento y seguimiento temporal de forma presencial o a distancia a personas usuarias que se encuentran en proceso de elaboración de tesis o trabajos académicos. Durante este proceso se promueve el desarrollo del pensamiento crítico y ético.
  9. Conversión de documentos: es un servicio que permite generar documentos digitales accesibles a partir de formatos análogos, en apoyo a las personas usuarias ciegas o con discapacidad visual, así como aquellas que enfrentan dificultades para acceder al texto impreso.
  10. Servicio de obtención de documentos: ofrece la búsqueda y recuperación de artículos de revistas, capítulos de libros, tesis, ponencias, entre otros documentos, a nivel nacional e internacional, respetando en todo momento lo que establece la Ley Federal del Derecho de Autor vigente en México y las normativas internacionales que cada instancia indique. Este servicio puede implicar costos, los cuales deberá cubrir la persona solicitante.
  11. Promoción y fomento lector: conjunto de actividades estructuradas y sistematizadas dirigidas a transformar positivamente las maneras de percibir, sentir, valorar, imaginar, usar, compartir y concebir la lectura, el libro y las bibliotecas.
  12. Extensión bibliotecaria: brinda a las comunidades usuarias actividades culturales y recreativas, visitas guiadas, además de exposiciones y eventos relacionados con el ámbito de las bibliotecas, el libro y la cultura en general.
  13. Reprografía: permite obtener impresiones, copias físicas y/o digitales de los materiales impresos y en microfilm. La persona usuaria deberá cubrir los costos de reproducción física o digital, respetando la Ley Federal del Derecho de Autor vigente en México. En el caso del material deteriorado, la persona usuaria deberá solicitar la autorización correspondiente en la Subdirección de Servicios Bibliotecarios, previa valoración de la obra. El fotocopiado de materiales impresos se encuentra concesionado y controlado por el Patronato Universitario.
Artículo 10.
Para apoyar sus funciones y en relación con su acervo, la BC posee las siguientes colecciones:
  1. General (colección multidisciplinaria de libros);
  2. Fondo Antiguo y Colecciones Especiales (manuscritos impresos que datan de los siglos XV a la primera mitad del siglo XX);
  3. Obras de consulta (enciclopedias, atlas, diccionarios, anuarios, entre otros);
  4. Colección de literatura infantil y juvenil (novelas gráficas, manga y cómic, entre otros);
  5. Tesis y trabajos escritos (en formato digital y microfilm);
  6. Publicaciones Periódicas (revistas, periódicos, boletines, censos, diario oficial, entre otros);
  7. Recursos electrónicos (bases de datos, revistas, libros, obras de consulta, entre otros).
Artículo 11.
En concordancia con el Artículo 46, numeral II del RGSIBI:

El material documental, digital o en cualquier otro formato y soporte, así como los bienes muebles e inmuebles destinados al SIBIUNAM, forman parte del patrimonio universitario con excepción del material bibliográfico adquirido por licenciamientos y no podrán utilizarse con fines distintos a los que se les ha asignado. En caso contrario, se tomarán las medidas necesarias para su adecuada protección y preservación.

Subcategorías

De conformidad con el Artículo 5º del Reglamento del Sistema Bibliotecario y de Información de la UNAM, que señala que “Cada biblioteca de la UNAM emitirá su propio reglamento interno”, la Biblioteca Central de la UNAM actualiza su Reglamento con el objeto de normar sus funciones y actividades, acorde con el entorno digital, la inclusión, la igualdad de género y la sostenibilidad, temas que hoy por hoy imperan en nuestra Universidad y sobre todo en su Sistema Bibliotecario y de Información.

El presente Reglamento se conforma de diez capítulos, treinta artículos, y tres artículos transitorios.

PLAN MAESTRO DE SEGURIDAD UNAM 2021-2024: Normatividad, Seguridad, Protección Civil y Movilidad

Biblioteca Central

 

 

 

Dirección: Edificio de la Biblioteca Central
Circuito Interior s/n, Ciudad Universitaria
Alcaldía Coyoacán, C.P. 04510
Ciudad de México, México.

Teléfonos: (+52) 55 5622 1625 y (+52) 55 5622 1658

Horario de servicio: Lunes a domingo y días festivos, de 8:30 a 21:30 horas.
Excepto en periodos vacacionales administrativos de la UNAM.


E-mail: bcentral@dgb.unam.mx


Volver